El alcohol ha representado uno de los grandes peligros al volante. La lucha para que los conductores reduzcan su consumo ha sido constante y se han logrado grandes avances en este sentido. Aun así, todavía los accidentes mortales en las carreteras nacionales se siguen debiendo, entre un 30 y un 50 %, a la ingesta de bebidas alcohólicas, según información ofrecida por la propia Dirección General de Tráfico (DGT), que no cesan en su trabajo para evitar que se conduzca con alguna cantidad de alcohol consumido.
A continuación, se ofrece información sobre la tasa de alcohol y sus penalizaciones, de qué depende esa tasa y cómo son los controles de alcoholemia.
¿Qué es la tasa de alcoholemia?
Para entender en qué consiste la tasa de alcoholemia hay que dejar claro que es un baremo, una medida, que se entiende como resultado de la cantidad o volumen de alcohol que hay en sangre. Esta tasa se mide en gramos de alcohol por cada litro de sangre, o bien, en su equivalente de aire respirado.
Como norma general, jamás habrá que tomar el manejo de ningún vehículo si se ha consumido algo de alcohol recientemente. Aunque, en cuanto a aspectos legales, en la actualidad la tasa de alcohol permitida es de 0,5 g/l en sangre y 0,24 mg/l de aire respirado. Esta medida varía para los conductores profesionales y también para aquellos que acaban de sacarse el carnet, con 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire respirado.
Estas medidas son exclusivas para el territorio nacional español, no son pocos los países en los que se ha reducido aún más las tasas máximas legales permitidas. Cuando se circule por otro país habrá que saber cuáles son las que rigen en su suelo y que puede ser de 0,1 a 0,2 g/l, para los conductores de forma general, y de 0 absoluto para profesionales y conductores noveles.
Aspectos a tener en cuenta
En relación a la tasa de alcohol hay que saber que a todos no afecta del mismo modo su consumo. La velocidad de absorción de este compuesto va a ser diferente según sea el tipo de bebida que se ingiera (destilada y al mezclar con bebidas gaseosas se absorben con mayor rapidez), así como el tiempo que haya transcurrido desde el principio de la ingesta.
Por otro lado, también es importante tener en cuenta el grado de tolerancia que cada cual tiene sobre la bebida, factor en el que van a entrar en juego valores como la edad (menores de 18 y mayores de 65 son más sensibles a sus efectos), el peso (a mayor peso, los efectos son menores), el sexo (las mujeres son más sensibles que los hombres, sobre todo en edades tempranas), e incluso la costumbre, los bebedores habituales absorben más rápidamente el alcohol que aquellos que no suelen beber.
Por último, también hay que saber que la hora en la que se consume influye de manera diferente, el alcohol tarda más en desaparecer durante el sueño.
Los controles de alcoholemia
Como norma general, los controles se usan como herramienta preventiva. En el caso de que un encargado de la ley detecte síntomas de conducción alterada ordenará detener el vehículo en una zona segura para que realicen las pruebas pertinentes con las que evaluar su situación. Le deberá detallar el procedimiento y las consecuencias de un positivo, además de ofrecerle la opción de que se niegue a realizar la prueba. En caso de que incurra en delito de desobediencia, el vehículo quedará inmovilizado y el conductor sancionado.
Son dos los modelos de alcoholímetros los que se utilizan para que la prueba sea efectiva. Por un lado, una prueba que detecta la presencia de alcohol, denominado de aproximación, y otro para confirmar el primer resultado, denominado evidencial y que establecerá la cantidad exacta de alcohol en aire respirado.
En relación a las multas queda estipulado que, si el alcoholímetro marca entre los 0,26 y los 0,50 mg/l, se procederá a una multa de 500 euros y la reducción de cuatro puntos en el carné de conducir. Si esta cantidad se encuentra entre los 0,50 y los 0,60 mg/l, la sanción aumentará hasta los 1000 euros y la eliminación será de seis puntos. Si, por último, esta tasa supera los 0,60 mg/l, pasaría a ser un delito penal, por lo que llegaría a condenarse al infractor con un periodo de entre 3 y 6 meses de cárcel o bien entre 6 a 12 meses de trabajos para la comunidad, y la pérdida del carné de conducir durante un periodo mínimo de un año y máximo de 4.